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¿COMO SE
VENDE UN BIEN PROPIO ESTANDO CASADOS?
Por
Dra. Mirta Núñez |
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Atención:
sé que esto que voy a decir escandalizará a más de uno, pero si Ud.
tiene un bien propio (es decir, adquirido antes de casarse o
después, pero por herencia o donación) y ese bien es sede
del hogar conyugal, para venderlo se necesita la conformidad
del/la cónyuge y en él habitan hijos menores o incapaces.
Art. 1277 C.C.:Es necesario el consentimiento de
ambos cónyuges para disponer o gravar los bienes gananciales cuando se trate
de inmuebles, derechos o bienes muebles cuyo registro han impuesto las leyes
en forma obligatoria, aportes de dominio o uso de dichos bienes a
sociedades, y tratándose de sociedades de personas, la transformación y
fusión de éstas. Si alguno de los cónyuges negare sin justa causa su
consentimiento para otorgar el acto, el juez podrá autorizarlo previa
audiencia de las partes. También será necesario el consentimiento de
ambos cónyuges para disponer del inmueble propio de uno de ellos, en que
está radicado el hogar conyugal si hubiere hijos menores o incapaces.
Esta disposición se aplica aun después de disuelta la sociedad conyugal,
trátese en este caso de bien propio o ganancial. El juez podrá autorizar la
disposición del bien si fuere prescindible y el interés familiar no resulte
comprometido.
Si Ud. toma conocimiento que
su cónyuge o ex cónyuge puso en venta el hogar conyugal, aunque sea un bien
propio, y no tiene asegurada la vivienda para sus hijos, es conveniente que
envíe a la inmobiliaria interviniente una carta documento notificándole que
se opone a dicha venta por tratarse del hogar conyugal.No se trata de trabar
la venta porque sí, sino de asegurar una vivienda digna para los hijos.
También se pueden
solicitar medidas cautelares, ya con intervención de un abogado para evitar
la venta y/o negociar.Es importante moverse con rapidez, ya que el
Escribano interviniente puede realizar la escritura con una simple
declaración jurada del titular de dominio diciendo que no es sede del hogar
conyugal.
Escribe: Dra. Mirta Núñez - Abogada
Sarmiento 1422, piso 7, of. 3, (1042)
Buenos Aires, Argentina - Tel./ Fax.: (011) 4373-1938
Nota
publicada: 08/07/2009
Publicada con autorización de la autora.
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