|
Esta pregunta es muy frecuente. Juan y María se separan, él se
va del hogar conyugal, inicia el juicio de divorcio y quiere
comprarse un departamento nuevo donde ir a vivir. .
"Formalmente" todavía es de estado civil "casado" ...
La
regla general es que todos los bienes adquiridos de casado son
gananciales...
La
sociedad conyugal se disuelve al dictarse lasentencia de
divorcio, pero retroactivamentea la fecha de inicio del juicio
(si es por presentación conjunta) o de la notificación de
lademanda (si es contradictorio).
De
modo que el departamento que compraría Juan sería un bien
propio, sí y sólo si el divorcio fuera decretado.
En
qué casos el divorcio podría ser rechazado?
-
Si en un contradictorio no se hubieran podido probar las
causales invocadas.
-
Si en un divorcio por presentación conjunta uno de los
cónyuges desistiera de continuarlo o no se presentara a la
segunda audiencia (60 días después de la 1º)
-
Si el otro cónyuge falleciera durante la tramitación del
divorcio.
Por eso, si bien "poder se puede", suelo aconsejar no hacerlo
hasta tener sentencia de divorcio firme y si el cliente no
puede esperar, sugiero poner como estado civil "casado en
primeras nupcias con Fulanita de Tal, de quien se encuentra
separado de hecho sin voluntad de unirse y con juicio de
divorcio en trámite por ante el Juzgado tal, expediente
caratulado Fulano c/ Mengana s/ divorcio". Y si el otro
cónyuge firma la conformidad en la escritura de que se trata
de un bien propio, mejor.
Tengan presente que si el divorcio tramita por la causal de
separación de hecho de más de 3 años no hay audiencias y la
sentencia se obtiene pronto. Tal vez valga la pena esperar a
tenerla y comprar como divorciado. Siempre es más claro.
|
Escribe: Dra. Mirta Núñez - Abogada
Sarmiento 1422, piso 7, of. 3, (1042)
Buenos Aires, Argentina - Tel./ Fax.: (011) 4373-1938
Nota publicada: 31/01/2008
Publicado con autorización de la autora.
|
|
|
|
|
|